Imprimir esta página
Martes, 29 Mayo 2007 12:30

Los cuidadores familiares de personas dependientes pueden suscribir en el convenio con la S.S

24/05/2007.- Los cuidadores no profesionales, familiares o personas del entorno de las personas dependientes, ya pueden solicitar la suscripción del Convenio Especial con la Seguridad Social para su inclusión en el Régimen General. Los formularios podrán formalizarse por los ciudadanos en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social ( TGSS), pudiendo también consultarse en la página web de la Seguridad Social: www.seg-social.es.

Con la integración de los cuidadores no profesionales, del entorno familiar de personas dependientes, en el Sistema de la Seguridad Social como cotizantes del Régimen General, este colectivo podrá acceder a prestaciones de que disrutan los trabajadores ( jubilación, incapcidad permanente y muerte y supervivencia), y a programas de formación.

La cotización de los cuidadores familiares que suscriban el Convenio Especial correrá a cargo exclusivo del Estado, salvo en los casos en que los cuidadores opten por mantener bases previas de cotización, en que la diferencia con la cotización del Estado correrá a su cargo : quien es la persona dependiente, quien le cuide y cuantas horas.

Las Consejerías de Servicios Sociales de las administraciones autonomicas son las competentes para la gestión del procedimiento de concesión de las prestaciones económicas. Una vez concedida la prestación por parte de la Comunidad Autonoma correspondiente, los cuidadores familiares o personas del entorno de personas dependientes, deben dirigirse a las oficinas de la TGSS para suscribir el Convenio Especial de cuidadores no profesionales de personas dependientes y ser dados de alta en el Regimen General.

El Director General de la Tesorería Gneral de la Seguridad Social ha solicitado por carta a los consejeros de Asuntos Sociales de las comunidades autonomas, que en la resolución de la concesión de la prestacion a personas dependientes figure: quien es el cuidador en el entorno de la persona  dependiente, la identidad de ambos y el número de horas semanales que el cuidador dedica a su asistencia.

El objetivo de esta peticiónn a las comunidades autónomas es reducir al máximo los tramites para los ciudadanosm pues la copia de una resolucion que contenga estos datos será suficiente para que estos cuidadores no profesionales en el entorno familiar suscriban el Convenio con la Seguridad Social.

La Tesorería General de la Seguridad Social requerirá de los servicios autonomicos la comunicación de cualquier variación que pudiera incidir en dicho convenio. 

La Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de Autonomía Personal y Atencion a las Personas en Situación de Dependencia, establece un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el que partcipan y colaboran todas las  Administraciones publicas, correspondiendo a las Comunidades Autonomas, en concreto, la gestión en su correspondientes ambito territorial de los servicios y recursos necesarios para la valoracion y atencion de la dependencia.

Leer 4084 veces Modificado por última vez en Lunes, 09 Junio 2008 11:37